miércoles, 12 de agosto de 2015

RUTA



La ruta de Rendición de Cuentas es una guía que permite conocer los pasos detallados que realizará el municipio para informarse sobre el estado de la garantía de los derechos de los NNAJ (niños, niñas, adolescentes y jóvenes).


https://drive.google.com/folderview?id=0B9iJS6YhHD9eflprdkZEZ24tRFFwX2hWYVN4UlU2bGRYekRQWjRlUV9rU3VsSC1LNTRFZW8&usp=sharing&tid=0B9iJS6YhHD9eflB1Y0FSUWVELWd4SmVSODVvTTdqQnNuOUdyNVFTUkZ5Q1pnTFVDel9DaGc



Decreto N.109 por medio del cual se conforma el equipo técnico municipal encargado del proceso de rendición pública de cuentas de infancia y adolescencia 2012-2015.



DECRETO No.
(26 de mayo de 2015)

POR MEDIO DEL CUAL SE CONFORMA EL EQUIPO TÉCNICO MUNICIPAL ENCARGADO DEL PROCESO DE RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS DEL
PERIODO 2012 - 2015

EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE OCAÑA, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES LEGALES Y,

CONSIDERANDO

Que la Procuraduría General de la Nación. fijó los lineamientos para el proceso de rendición pública de cuentas territorial 2012 — 2015 sobre la garantía de los derechos de la Primera Infancia- Infancia. Adolescencia y Juventud. en cumplimiento de la ley 1098 de 2006, ley estatutaria 1622 de 2013, las metas del plan de desarrollo Municipal 2012 — 2015. Confiable y Participativa del Municipio y la implementación de ta política pública "confiable y participativa por nuestros Niños. Niñas y Adolescentes".

Que dada la necesidad de preparar, coordinar. realizar y evaluar el proceso de rendición pública de cuentas. se hace necesaria la conformación de un equipo técnico Municipal para la rendición pública de cuentas.

Que en mérito de lo anterior:

DECRETA

ARTÍCULO 1: Confórmese el equipo técnico Municipal, encargado de asesorar y acompañar el desarrollo de Rendición Pública de Cuentas 2012 — 2015 y su evaluación por los siguientes representantes:

Coordinación Área de Población en Desventaja, Comisaria de Familia, Coordinación Área de Juventudes, Coordinación Área de Infancia y Adolescencia, Coordinación Banco de Proyectos, Secretaria de Educación Cultura y Turismo, Coordinación Área de Salud Pública, Área Presan y Comunicaciones.


ARTÍCULO 2. FUNCIONES: Las principales funciones del equipo técnico Municipal son:

1. Presentar los lineamientos técnicos del proceso de RPC, al equipo de trabajo Municipal.
2. Diseñar el plan de trabajo que responda a las fases del proceso de RPC, definiendo actividades. responsables, recursos, tiempos y observaciones.
3. Hacer seguimiento periódico (semanal) a la implementación del plan de trabajo para los
respectivos ajustes.
4. Determinar los requerimientos y apoyo de asistencia técnica que demande el Municipio para el nivel departamental.
5. Acordar responsables institucionales para cada fase del proceso RPC.
6. Identificar convocar a las organizaciones de la sociedad civil que en el territorio trabajan por la garantía de los derechos de la infancia, adolescencia y juventud.


ARTICULO 3. La Secretaria de Desarrollo Humano. tendrá la responsabilidad de coordinar el proceso en cada una de las fases: sensibilización y alistamiento. generación y análisis de la información. Encuentros estratégicos de diálogos y audiencias públicas sostenibilidad y evaluación del proceso.

ARTICULO 4. De conformidad con los lineamientos para el proceso de rendición pública de cuentas municipal sobre garantía de los derechos de la infancia, adolescencia y juventud 2012 2015, establecidos en el marco de la estrategia hechos y derechos, se definen las diferentes Secretarias responsables del desarrollo de cada una de las fases del proceso a saber:

• Fase sensibilización y alistamiento: Secretaría de Desarrollo Humano, con el apoyo del responsable página web del Municipio, Secretario General.
• Fase de análisis de la información: Secretaria de Hacienda, Secretaría de Desarrollo Humano, con el apoyo de la Secretaría de Planeación, Secretaria de Vías e Infraestructura y Vivienda, Secretaria de Educación Cultura y Turismo. Punto de Atención a Víctimas, Secretaria de Movilidad y Tránsito. UTA, IMDER.
• Fase de diálogos ciudadanos y audiencia pública: Secretaria General, con el apoyo de la Secretaría de Hacienda, Secretaría de Desarrollo Humano, Secretaría de Planeación, Secretaria de Vías e Infraestructura y Vivienda, Secretaría Educación Cultura y Turismo, Comisaria de Familia.
Fase de sostenibilidad y evaluación del proceso: Oficina de Control Interno, Secretaria de Planeación, Secretaria de Vías e Infraestructura y Vivienda, Secretaria de Desarrollo Humano, Secretaria de Educación Cultura y Turismo, Secretaría de Movilidad y Tránsito, Comisaria de Familia, Secretaria General.

ARTICULO 5: La oficina delegada de Control Interno será la encargada de realizar la evaluación del proceso de Rendición Pública de Cuentas. por lo tanto velará por la eficiencia, eficacia y transparencia del proceso en cada una de las fases y el cumplimiento de las responsabilidades de los involucrados.

ARTICULO 6. El presente Decreto rige a partir de su publicación.

PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en el Despacho de la Alcaldía Municipal a los veintiséis (26) días del mes de mayo de 2015.


No hay comentarios:

Publicar un comentario